Guía · Despido objetivo

Despido objetivo en España: 20 días por año y 15 días de preaviso

Este sitio no ofrece asesoramiento jurídico. Esta guía explica las reglas generales; no dice qué se aplica a tu caso.

Reglas comprobadas el

Actualizado el · 7 min de lectura

La respuesta corta

En un despido objetivo, la empresa debe darte una carta con la causa, poner a tu disposición, al mismo tiempo, una indemnización de 20 días de salario por año (máximo 12 mensualidades) y respetar un preaviso de 15 días. Si no lo hace, debe pagar los días de preaviso que falten. Para impugnar el despido hay 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos.

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El despido objetivo es el que la empresa basa en una causa que no es una falta del trabajador: una ineptitud, una falta de adaptación o una razón económica, técnica, organizativa o de producción. Esta guía explica las reglas generales del Estatuto de los Trabajadores en España, vigentes a 19 de octubre de 2026.

¿Qué es un despido objetivo?

La ley enumera las causas art. 52 ET:

  • Ineptitud del trabajador, conocida o sobrevenida después de empezar a trabajar.
  • Falta de adaptación a cambios técnicos razonables en el puesto.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando el número de personas afectadas no llega al de un despido colectivo.
  • Falta de financiación de ciertos programas públicos, en contratos indefinidos de entidades sin ánimo de lucro.

La antigua causa de faltas de asistencia (letra d) está derogada.

Si los despidos por estas causas afectan a muchas personas, se trata de un despido colectivo (ERE), con un procedimiento propio. Esta guía trata del despido objetivo individual; la guía despido en España compara todos los tipos.

¿Qué debe hacer la empresa?

El despido objetivo tiene tres requisitos de forma art. 53.1 ET:

  1. Una comunicación escrita que indique la causa.
  2. La indemnización de 20 días por año, puesta a tu disposición al mismo tiempo que la carta.
  3. Un preaviso de 15 días, contado desde la entrega de la carta hasta la fecha de efectos.

Cuando la causa es económica, técnica, organizativa o de producción (letra c), la empresa debe dar copia del escrito de preaviso a los representantes de los trabajadores.

Hay una excepción para la indemnización. Si la causa es económica y la empresa no tiene liquidez, puede decirlo en la carta y no pagar en ese momento. Mantienes el derecho a exigir el pago más tarde.

Durante el preaviso tienes 6 horas pagadas a la semana para buscar otro empleo art. 53.2 ET.

¿Cuánto es la indemnización del despido objetivo?

20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Los periodos de menos de un año se prorratean por meses.

El método de la calculadora del Consejo General del Poder Judicial es este:

  1. Salario diario = salario bruto anual, pagas extra incluidas, dividido entre 365.
  2. Antigüedad en meses: un mes empezado cuenta como un mes entero.
  3. Indemnización = salario diario × 20 ÷ 12 × meses, sin pasar del tope.

Ejemplo con cifras

Una trabajadora cobra 2.000 € brutos al mes en 14 pagas: 28.000 € al año. Su salario diario es 28.000 / 365 = 76,71 €. Entró el 1 de marzo de 2019 y el despido tiene efectos el 15 de octubre de 2026: 7 años, 7 meses y 15 días, es decir 92 meses empezados.

Concepto Cálculo Importe
Indemnización por despido objetivo 28.000 / 365 × 20/12 × 92 11.762,56 €
Tope de 12 mensualidades (360 días de salario) 28.000 / 365 × 360 27.616,44 € (no se alcanza)

El cálculo se hace sin redondear el salario diario; solo el resultado se redondea al céntimo.

¿Y si se alcanza el tope?

El tope de 12 mensualidades se puede leer de dos formas: 360 días de salario o 12 salarios mensuales. Con 36.500 € al año y una antigüedad desde el 1 de enero de 2000 hasta el 15 de octubre de 2026 (322 meses), el cálculo sin tope da 53.666,67 €. El tope da 36.000,00 € (360 días × 100 €) o 36.500,00 € (12 mensualidades de 36.500 / 12), según la lectura. Nuestra calculadora muestra las dos y retiene la más baja, por prudencia.

Importe orientativo: tu convenio colectivo puede mejorar estas cifras.

¿Qué pasa si no se respeta el preaviso de 15 días?

Si la empresa da menos de 15 días, o ninguno, el despido no se vuelve improcedente solo por eso. Pero la empresa debe pagar el salario de los días que faltan. Lo mismo ocurre con un error excusable en el cálculo de la indemnización: debe pagar la cantidad correcta art. 53.4 ET.

Con los datos del ejemplo:

Situación Días que faltan Importe
Carta recibida el 10 de octubre, efectos el 15 de octubre 10 10 × 28.000 / 365 = 767,12 €
Ninguna comunicación previa 15 15 × 28.000 / 365 = 1.150,68 €

Estos días suelen figurar en el finiquito como una línea aparte. La guía calcular el finiquito en España explica las demás partidas.

Procedente o improcedente: ¿qué cambia?

El despido objetivo se considera procedente cuando se acredita la causa y se han cumplido los requisitos de forma. En otro caso es improcedente art. 53.4 ET. Lo decide un juez, o lo reconoce la empresa en un acuerdo.

Si se declara improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagar 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades art. 56.1 ET:

  • si paga, se descuenta lo que ya cobraste como despido objetivo;
  • si readmite, devuelves la indemnización recibida art. 53.5 ET.

En el ejemplo, la diferencia entre 33 y 20 días por año es 7.645,66 € (19.408,22 € − 11.762,56 €). La guía indemnización por despido improcedente detalla ese cálculo.

El despido es nulo si tiene como móvil una discriminación, vulnera un derecho fundamental o afecta a ciertas situaciones protegidas, como el embarazo o algunos permisos familiares, salvo que el despido se declare procedente por motivos ajenos a esas situaciones art. 53.4 ET. La consecuencia es la readmisión.

Esta guía no puede decir si una causa concreta se sostiene. Para eso, un sindicato, un graduado social o un abogado pueden revisar la carta contigo.

¿Cuánto tiempo hay para reclamar un despido objetivo?

El despido objetivo se impugna igual que un despido disciplinario art. 53.3 ET. El plazo es de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de efectos art. 59.3 ET. Es un plazo de caducidad: si pasa, el despido ya no se puede impugnar.

  • No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos. Agosto sí cuenta para el despido.
  • Antes del juzgado hay que presentar la papeleta de conciliación. Es lo único que suspende el plazo art. 65.1 LRJS; una carta o un burofax a la empresa no lo suspenden.

Ejemplo. Efectos el 15 de octubre de 2026, juzgado en Madrid capital: el último día es el 16 de noviembre de 2026 (13 de noviembre si no se cuenta el festivo local). Lo prudente es presentar la papeleta antes, por ejemplo el 11 de noviembre. La guía plazo de 20 días hábiles explica el cómputo y la guía papeleta de conciliación en el SMAC de Madrid, cómo presentarla.

Las cantidades de dinero (indemnización no pagada, preaviso, finiquito) se pueden reclamar durante un año desde que se pudieron exigir art. 59.2 ET.

¿Se cobra el paro tras un despido objetivo?

La extinción del contrato por causas objetivas es una situación legal de desempleo art. 267.1.a LGSS. Es una condición para pedir la prestación, no la única: el SEPE comprueba también el tiempo cotizado y los demás requisitos. La guía despido procedente: indemnización y paro explica esos requisitos y el plazo para pedirla.

En cuanto a los impuestos, la indemnización legal puede estar exenta de IRPF con límites. Consulta la Agencia Tributaria.

¿Va a cambiar la indemnización?

El Gobierno anunció en septiembre de 2026 que quiere reformar la indemnización por despido. A 19 de octubre de 2026 no hay texto ni proyecto de ley: las cifras de esta guía son las del Estatuto vigente.

Tus próximos pasos

  1. Comprobar, gratis. Calcula la indemnización y tu plazo de 20 días hábiles. La calculadora de finiquito añade los días de preaviso que falten.
  2. Reclamar por escrito. Si falta dinero (indemnización no puesta a disposición, preaviso, finiquito), puedes preparar tú mismo una reclamación de cantidad (9 €, o 19 € con seguimiento).
  3. Siguiente paso. Para impugnar el despido o reclamar en conciliación, puedes preparar tu papeleta de conciliación, por ahora solo para la Comunidad de Madrid, con los datos ya calculados (9 €, o 19 € con seguimiento).

Un sindicato, un graduado social o un abogado pueden ayudarte a valorar la causa del despido y a decidir si impugnarlo.

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