Cuenta atrás gratuita · España

Plazo de 20 días hábiles para impugnar un despido

La cuenta atrás de los 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación, sin sábados, domingos ni festivos de tu comunidad. Con la fecha límite, la fecha recomendada para presentarla y, si ya la presentaste, el nuevo plazo tras la conciliación.

Este sitio no ofrece asesoramiento jurídico. Las cifras salen de tus respuestas y de las reglas generales; no dicen qué se aplica a tu caso. Todos los importes son brutos.

El despido

La que indica la carta: último día del contrato. Firmar el finiquito no cambia esta fecha.

Sirve para descontar los festivos de tu comunidad autónoma.

Para descontar sus 2 festivos locales (cargados por ahora para Madrid). Si la dejas vacía, la fecha sale antes, por prudencia.

La papeleta
¿Has presentado ya la papeleta de conciliación?
El acto de conciliación

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Resultado

Indica la fecha de efectos del despido y la provincia de tu centro de trabajo. La cuenta atrás aparece aquí.

Fechas orientativas y prudentes, calculadas con las fechas que has indicado: mostramos la lectura más corta del plazo.

Cómo se cuentan los 20 días hábiles

Para impugnar un despido tienes 20 días hábiles, que empiezan el día siguiente a la fecha de efectos del despido (artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores). Es un plazo de caducidad: si pasa, ya no se puede impugnar el despido. No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos; agosto sí cuenta.

Antes de ir al juzgado hay que presentar la papeleta de conciliación (en Madrid, ante el SMAC). Es lo único que suspende el plazo: una carta, un burofax o un correo a la empresa no lo detienen. Tras la papeleta, el plazo vuelve a correr al día siguiente del acto de conciliación, o pasados 15 días hábiles desde la presentación si el acto no se ha celebrado, lo que ocurra primero.

Las cantidades que te deban (finiquito, salarios) tienen otro plazo: un año.

Ejemplos

Despido con efectos el 31 de julio de 2026 en Madrid: el plazo termina el 28 de agosto de 2026 (agosto cuenta). Con efectos el 15 de octubre de 2026 y juzgado en Madrid (ciudad): 16 de noviembre de 2026; sin festivos locales, 13 de noviembre. Si presentas la papeleta el 27 de octubre y el acto es el 12 de noviembre, el nuevo plazo para la demanda termina el 30 de noviembre de 2026.