Guía · Despido disciplinario
Despido disciplinario y paro en España: qué se cobra y qué plazos hay
Este sitio no ofrece asesoramiento jurídico. Esta guía explica las reglas generales; no dice qué se aplica a tu caso.
Reglas comprobadas el
La respuesta corta
Un despido disciplinario permite pedir el paro: la ley lo cuenta como situación legal de desempleo, sea procedente o no. Si es procedente no hay indemnización, pero el finiquito se cobra siempre. Hay 15 días para pedir la prestación y 20 días hábiles para impugnar el despido.
Un despido disciplinario es el que la empresa basa en un incumplimiento del trabajador. Esta guía explica, en España, qué debe decir la carta, qué se cobra y cómo queda el paro, según el Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social vigentes a 20 de octubre de 2026.
¿Qué es un despido disciplinario?
La empresa puede despedir por un incumplimiento grave y culpable del trabajador art. 54.1 ET. La ley enumera estos incumplimientos art. 54.2 ET:
- faltas repetidas e injustificadas de asistencia o de puntualidad;
- indisciplina o desobediencia;
- ofensas verbales o físicas al empresario, a los compañeros o a sus familiares;
- transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza;
- disminución continuada y voluntaria del rendimiento normal o pactado;
- embriaguez habitual o toxicomanía, si repercuten en el trabajo;
- acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y acoso sexual o por razón de sexo, al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
El convenio colectivo suele clasificar las faltas en leves, graves y muy graves, y dice cuáles pueden llevar al despido.
¿Qué debe decir la carta de despido?
La carta es obligatoria y debe recoger los hechos que motivan el despido y la fecha de efectos art. 55.1 ET. Además:
- el convenio colectivo puede exigir otros requisitos de forma;
- si eres representante legal de los trabajadores o delegado sindical, la empresa debe abrir antes un expediente contradictorio, en el que se te escucha;
- si estás afiliado a un sindicato y la empresa lo sabe, debe escuchar antes a los delegados sindicales de ese sindicato.
Si la empresa no cumplió estos requisitos, puede volver a despedir cumpliéndolos, en los 20 días siguientes al primer despido. Mientras tanto, debe pagarte el salario de esos días y mantenerte de alta en la Seguridad Social art. 55.2 ET.
La audiencia previa. Según los comentarios publicados sobre una sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2024, la empresa debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse antes de un despido disciplinario, salvo que no se le pueda pedir razonablemente, con base en el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT. Esta guía no ha podido consultar el texto de la sentencia: su alcance exacto, y la consecuencia de no hacerlo, son puntos que valoran los tribunales.
El tiempo para sancionar. Las faltas muy graves prescriben a los 60 días desde que la empresa las conoce y, en todo caso, a los seis meses desde que se cometieron art. 60.2 ET. Para las graves, el plazo es de 20 días; para las leves, de 10.
¿Se cobra el paro con un despido disciplinario?
Sí. La ley cuenta el despido como situación legal de desempleo, sin distinguir si es disciplinario u objetivo, ni si es procedente o improcedente art. 267.1.a LGSS. No hace falta impugnar el despido para pedir el paro.
Los demás requisitos son los de cualquier prestación contributiva art. 266 LGSS:
- haber cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores;
- estar disponible para buscar empleo y suscribir el acuerdo de actividad;
- inscribirse como demandante de empleo.
La duración va de 120 a 720 días, según lo cotizado art. 269.1 LGSS. La guía despido procedente: indemnización y paro tiene la tabla completa.
¿Cuándo hay que pedirlo?
En los 15 días siguientes a la situación legal de desempleo art. 268.1 LGSS. La ley no dice que sean hábiles: la lectura prudente es contarlos como naturales. Si lo pides tarde, no pierdes el derecho, pero sí los días que pasen hasta la solicitud art. 268.2 LGSS.
Si en el finiquito te pagan vacaciones no disfrutadas, la situación legal de desempleo empieza cuando termina ese periodo art. 268.3 LGSS. La guía vacaciones no disfrutadas en el finiquito lo explica.
La empresa debe entregarte el certificado de empresa art. 298 LGSS, y también lo envía al SEPE por vía electrónica.
¿Y si me voy yo?
Es distinto. La baja voluntaria, en principio, no da derecho al paro, salvo algunos casos previstos por la ley, como la extinción por incumplimiento grave de la empresa del artículo 50 del Estatuto art. 267.2.a LGSS. La guía finiquito por baja voluntaria trata ese caso.
¿Qué se cobra con un despido disciplinario?
| Situación | Indemnización | Finiquito |
|---|---|---|
| Procedente (no se impugna, o el juez lo confirma) | Ninguna | Sí |
| Improcedente, y la empresa paga | 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades | Sí |
| Improcedente, y la empresa readmite | Sin indemnización; salarios de tramitación | — |
| Nulo | Readmisión inmediata y salarios dejados de percibir | — |
El despido disciplinario procedente extingue el contrato sin indemnización ni salarios de tramitación art. 55.7 ET. Es improcedente si no se acredita el incumplimiento, o si la carta no cumple la forma art. 55.4 ET. En ese caso, la empresa elige en los 5 días siguientes a la notificación de la sentencia entre readmitir o pagar la indemnización art. 56.1 ET.
Ejemplo con cifras
Una trabajadora cobra 2.000 € brutos al mes en 14 pagas (28.000 € al año). Entró el 1 de marzo de 2019 y la carta fija los efectos el jueves 15 de octubre de 2026: son 92 meses empezados.
| Supuesto | Cálculo | Indemnización |
|---|---|---|
| Procedente | — | 0,00 € |
| Improcedente, si la empresa opta por pagar | 28.000 / 365 × 33/12 × 92 | 19.408,22 € |
En los dos casos cobra el finiquito, y en los dos puede pedir el paro si cumple los requisitos. Para impugnar, con el juzgado en Madrid capital, el plazo de 20 días hábiles termina el 16 de noviembre de 2026 (el 13 de noviembre si no se cuentan los festivos locales, que es la lectura más prudente). La guía indemnización por despido improcedente explica el cálculo.
Importe orientativo: puede variar según tu convenio colectivo.
¿Cuánto tiempo hay para impugnar un despido disciplinario?
20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos art. 59.3 ET. Es un plazo de caducidad: si pasa, el despido ya no se puede discutir. No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos; agosto sí cuenta.
Antes del juzgado hay que presentar una papeleta de conciliación, que suspende el plazo. Una carta o un burofax a la empresa no lo suspenden. Lo prudente es no esperar a los últimos días. La guía plazo de 20 días hábiles explica cómo se cuenta.
Las cantidades del finiquito tienen otro plazo, de un año art. 59.2 ET.
Tus próximos pasos
- Comprobar, gratis. Cuenta tus 20 días hábiles, calcula la indemnización en cada supuesto y comprueba tu finiquito.
- Reclamar por escrito. Si falta una partida del finiquito, puedes preparar tú mismo una reclamación de cantidad (9 €, o 19 € con seguimiento). Si no te han dado el certificado de empresa, puedes pedirlo con un burofax de requerimiento de documentos (9 €, o 19 € con seguimiento).
- Siguiente paso. Para impugnar el despido, puedes preparar tu papeleta de conciliación, por ahora solo para la Comunidad de Madrid (9 €, o 19 € con seguimiento).
Un sindicato, un graduado social o un abogado pueden ayudarte a valorar los hechos y la forma del despido. El SEPE informa sobre la prestación por desempleo.
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