Guía · Baja voluntaria

Finiquito por baja voluntaria y preaviso en España

Este sitio no ofrece asesoramiento jurídico. Esta guía explica las reglas generales; no dice qué se aplica a tu caso.

Reglas comprobadas el

Actualizado el · 6 min de lectura

La respuesta corta

Si te das de baja voluntaria, la empresa te debe el finiquito: los días trabajados del último mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. No hay indemnización. El preaviso que debes dar no lo fija la ley: es el de tu convenio colectivo o la costumbre del lugar.

Calcular mi finiquito

Darse de baja voluntaria (también llamada dimisión) es terminar el contrato por decisión propia. En España no da derecho a indemnización, pero sí al finiquito, y obliga a respetar un preaviso. Esta guía explica las reglas generales del Estatuto de los Trabajadores, vigentes a 19 de octubre de 2026.

¿Qué se cobra con una baja voluntaria?

Concepto ¿Se cobra?
Salario de los días trabajados y no pagados Sí
Vacaciones generadas y no disfrutadas Sí
Parte proporcional de las pagas extra (si no están prorrateadas) Sí
Horas extra, comisiones o primas pendientes Sí, según contrato y convenio
Indemnización No

La baja voluntaria no tiene indemnización art. 49.1.d ET. El finiquito, en cambio, se debe siempre.

¿Y el paro? Quien cesa voluntariamente no está, en principio, en situación legal de desempleo, que es una de las condiciones para cobrar la prestación art. 267.2.a LGSS. La ley prevé excepciones, entre ellas la extinción por un incumplimiento grave de la empresa. El SEPE informa sobre cada caso.

¿Cómo se calcula el finiquito por baja voluntaria?

Las partidas se calculan igual que en cualquier otro fin de contrato:

  1. Salario del último mes = salario bruto mensual × días trabajados y no pagados ÷ días del mes. Algunos convenios dividen siempre entre 30.
  2. Vacaciones = (días de vacaciones al año × días trabajados en el año ÷ 365 − días disfrutados) × valor de un día. El mínimo legal es de 30 días naturales al año art. 38 ET.
  3. Pagas extra = importe de la paga × días generados ÷ días del periodo de generación, si no las cobras prorrateadas cada mes art. 31 ET.

Ejemplo con cifras

Un trabajador cobra 2.000 € brutos al mes en 14 pagas (28.000 € al año). Se da de baja voluntaria y su último día es el 15 de octubre de 2026. Ha disfrutado 15 días de vacaciones este año. Su paga de Navidad se genera del 1 de enero al 31 de diciembre; la de verano ya la cobró en junio.

Partida Cálculo Importe
Salario de octubre 2.000 × 15 / 31 967,74 €
Vacaciones 30 × 288 / 365 = 23,67 días generados − 15 disfrutados; 8,6712 × 2.000 / 30 578,08 €
Paga de Navidad 2.000 × 288 / 365 1.578,08 €
Paga de verano Ya cobrada 0,00 €
Indemnización Baja voluntaria 0,00 €
Total 3.123,90 €

Cada línea se redondea al céntimo y el total es la suma de las líneas. Si las vacaciones se valoran con el salario diario (28.000 / 365), salen 665,19 €; si la paga de Navidad se generara por semestre, 1.163,04 €. Nuestra calculadora muestra las dos lecturas y retiene la más baja, por prudencia. La guía calcular el finiquito en España explica cada partida en detalle.

Importe orientativo: puede variar según tu convenio colectivo.

¿Cuánto preaviso hay que dar en una baja voluntaria?

La ley no fija una duración. Dice que hay que respetar el preaviso «que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar» art. 49.1.d ET. El contrato también puede indicarlo. En la práctica:

  • Busca en tu convenio colectivo el apartado sobre preaviso o ceses voluntarios. Algunos fijan plazos distintos según la categoría.
  • Se cita a menudo un plazo de 15 días como costumbre, pero ninguna norma general lo fija. No lo des por hecho sin comprobarlo.
  • Desde el 5 de octubre de 2026, la empresa debe informar por escrito, antes de empezar el contrato, de la duración del preaviso RD 723/2026, art. 3.2.n. Si tu contrato es anterior, puedes pedir esa información; la empresa tiene 30 días hábiles para darla RD 723/2026, disp. trans. única.

En el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede terminar la relación mientras dura art. 14 ET. Revisa lo que dicen tu contrato y tu convenio sobre el aviso.

¿Cómo se cuenta el preaviso?

Por prudencia, el preaviso empieza a contar el día siguiente a aquel en que la empresa recibe tu carta. Los plazos en meses se cuentan de fecha a fecha art. 5 Código Civil. Así calcula nuestra carta el último día:

Carta recibida Preaviso Último día de trabajo
Lunes 19 de octubre de 2026 15 días naturales 3 de noviembre de 2026
Jueves 15 de octubre de 2026 1 mes 15 de noviembre de 2026
Lunes 19 de octubre de 2026 15 días laborables (Madrid capital) 11 de noviembre de 2026

Si tu convenio habla de días laborables o hábiles, no cuentan los fines de semana ni los festivos, y el último día llega más tarde. En el tercer ejemplo, el festivo local del 9 de noviembre retrasa un día la fecha. Contar el sábado como laborable acortaría el preaviso: por prudencia, no lo contamos.

Cómo se aplica exactamente el Código Civil al preaviso de una baja no está resuelto en todos los casos. Si dudas, deja unos días de margen.

¿Qué pasa si me voy sin preaviso?

La ley no dice qué ocurre. Algunos convenios permiten a la empresa descontar del finiquito los días de preaviso que no se respetaron. Compruébalo en el tuyo antes de fijar la fecha: el descuento puede ser de varios días de salario.

Si la empresa descuenta algo, el finiquito debe mostrarlo en una línea aparte. Puedes compararlo con lo que dice tu convenio.

¿Cómo se comunica la baja?

La ley no exige una forma, pero por escrito tienes una prueba. Una carta de baja suele incluir:

  • tus datos y tu puesto;
  • tu decisión de causar baja voluntaria, sin ambigüedad;
  • tu último día de trabajo, con el preaviso aplicado;
  • la petición del finiquito y, si lo necesitas, del certificado de empresa;
  • la fecha y tu firma.

Entrégala en mano, con una copia que la empresa firme como «recibido», o por burofax. Si la envías por burofax, cuenta unos días hábiles para la entrega.

Antes de firmar el finiquito, compáralo con tu cálculo. Puedes pedir que esté presente un representante de los trabajadores art. 49.2 ET. Las cantidades se pueden reclamar durante un año art. 59.2 ET: con un último día el 15 de octubre de 2026, la lectura prudente lleva al 14 de octubre de 2027.

¿Y si me voy porque la empresa no cumple?

Si quieres irte por un incumplimiento grave de la empresa (impagos, retrasos en el salario, cambios importantes en tus condiciones), la ley prevé otra vía: pedir al juez que extinga el contrato art. 50 ET. En ese caso se reconoce la indemnización del despido improcedente. Una baja voluntaria es otra cosa: no tiene indemnización y puede hacer perder la del artículo 50. Antes de enviar una carta de baja en esa situación, un sindicato, un graduado social o un abogado pueden valorar el caso.

Tus próximos pasos

  1. Comprobar, gratis. Calcula tu finiquito con tu último día, y compáralo después con el de la empresa.
  2. Escribir tu carta, gratis. La carta de baja voluntaria calcula tu último día con el preaviso de tu convenio. Es gratuita, como sus recordatorios. Si no conoces tu preaviso, puedes preparar la solicitud de información escrita del RD 723/2026 (9 €, o 19 € con seguimiento).
  3. Si falta dinero. Si el finiquito no cuadra o no llega, puedes preparar una reclamación de cantidad (9 €, o 19 € con seguimiento) y, después, la papeleta de conciliación, por ahora solo para la Comunidad de Madrid, (9 €, o 19 € con seguimiento). La guía qué es el finiquito y cuánto tarda en pagarse explica los pasos, y la guía papeleta de conciliación en el SMAC de Madrid, cómo se presenta.

Un sindicato o un graduado social pueden ayudarte a leer tu convenio.

Lista para imprimir

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