Guía · FOGASA

FOGASA en España: cuándo paga, cuánto y cuánto tarda

Este sitio no ofrece asesoramiento jurídico. Esta guía explica las reglas generales; no dice qué se aplica a tu caso.

Reglas comprobadas el

Actualizado el · 7 min de lectura

La respuesta corta

El FOGASA paga salarios e indemnizaciones que la empresa no puede pagar por insolvencia o concurso, si la deuda está reconocida por un juzgado (o, para los salarios, en conciliación). Paga como máximo 120 días de salario y una anualidad de indemnización, con un salario diario de hasta el doble del SMI. Tiene tres meses para resolver desde que la solicitud está completa; si no responde, la solicitud se entiende estimada.

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El FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) es un organismo público adscrito al Ministerio de Trabajo. Paga a los trabajadores una parte de lo que su empresa les debe cuando esta no puede pagar. Esta guía explica las reglas generales del Estatuto de los Trabajadores en España, vigentes a 19 de octubre de 2026.

¿Cuándo paga el FOGASA?

El FOGASA no paga porque la empresa se retrase. Paga cuando se reúnen dos condiciones art. 33 ET:

  1. La deuda está reconocida en un documento oficial (ver la tabla siguiente).
  2. La empresa es insolvente o está en concurso de acreedores. La insolvencia existe cuando, pedida la ejecución ante el juzgado, los créditos laborales siguen sin pagarse art. 33.6 ET.

Por eso, el camino suele ser largo: papeleta de conciliación, demanda, sentencia, ejecución, declaración de insolvencia y, solo entonces, solicitud al FOGASA. Si la empresa está en concurso, los créditos pasan por el procedimiento concursal.

¿Qué documentos sirven para reconocer la deuda?

Qué pides Qué dice la ley
Salarios La cantidad reconocida como salario «en acto de conciliación o en resolución judicial» art. 33.1 ET
Indemnizaciones Las reconocidas en «sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa» art. 33.2 ET

Para las indemnizaciones, la ley habla de conciliación judicial. Un acuerdo en el servicio de mediación de tu comunidad (el SMAC en Madrid) no figura en esa lista. Si la empresa puede ser insolvente, es un punto que conviene consultar antes de firmar un acuerdo.

¿Cuánto paga el FOGASA?

Concepto Límite
Salarios pendientes (incluidos los salarios de tramitación) Hasta 120 días, con un salario diario de como máximo el doble del SMI, con la parte proporcional de las pagas extra art. 33.1 ET
Indemnizaciones por despido o extinción Hasta una anualidad, con el mismo salario diario máximo art. 33.2 ET
Despido improcedente y extinción del artículo 50 El FOGASA calcula con 30 días por año, no con 33 art. 33.2 ET
Indemnizaciones en un concurso de acreedores El FOGASA calcula con 20 días por año, con el límite de una anualidad, sea cual sea lo pactado en el concurso art. 33.3 ET

El FOGASA cubre las indemnizaciones de despidos colectivos y objetivos, de las extinciones por incumplimiento de la empresa y de los contratos temporales cuando la ley las prevé. Hay límites más bajos en algunos casos: por ejemplo, 9 mensualidades en la extinción por modificación sustancial de condiciones art. 41.3 y 33.2 ET. Lo que supera sus límites sigue siendo una deuda de la empresa. La guía indemnización por despido improcedente explica cómo se calcula la deuda de la empresa.

Las cifras de 2026

El salario mínimo de 2026 es de 1.221 € al mes en 14 pagas, es decir, 17.094 € al año RD 126/2026. Con esa base:

Límite Cálculo Importe
Salario diario máximo 17.094 / 365 × 2 93,67 €
Salarios: 120 días 17.094 / 365 × 2 × 120 11.239,89 €
Indemnización: una anualidad 17.094 × 2 34.188,00 €

Estas cifras son una estimación nuestra, no cifras publicadas por el FOGASA. La ley fija el criterio (el doble del SMI diario, con la parte proporcional de las pagas extra), no la fórmula: aquí se usa el método más extendido (salario anual con pagas ÷ 365), y otras fuentes dan 93,66 € al día. Además, el SMI que se aplica depende de la fecha en que nace la obligación del FOGASA, no de la fecha de la deuda: si esa fecha cae en otro año, las cifras cambian.

Ejemplos con cifras

Los importes que debe la empresa salen de nuestra calculadora (meses empezados cuentan como enteros). Para el FOGASA aplicamos el mismo método con sus límites, fuera de un concurso de acreedores: es una estimación, no su cálculo oficial.

Situación Debe la empresa Máximo del FOGASA
28.000 € al año, del 1 de marzo de 2019 al 15 de octubre de 2026 (92 meses), despido improcedente 19.408,22 € (33 días por año) 17.643,84 € (28.000 / 365 × 30/12 × 92)
La misma persona, despido objetivo 11.762,56 € (20 días por año) 11.762,56 € (por debajo de los límites)
36.500 € al año, del 1 de enero de 2000 al 15 de octubre de 2026 (322 meses), despido objetivo 36.000,00 € (tope de 12 mensualidades) 34.188,00 € (una anualidad, con 93,67 € al día como máximo)

En el primer caso, quedan 1.764,38 € como deuda de la empresa. En el tercero, el salario diario (100 €) supera el máximo del FOGASA y la indemnización supera una anualidad: el límite de 34.188,00 € es el que manda.

Para los salarios, con 28.000 € al año, 120 días de salario son 9.205,48 € (28.000 / 365 × 120).

¿Cuánto tarda en pagar el FOGASA?

La ley fija tres meses para resolver, contados desde la presentación de la solicitud en forma, es decir, completa art. 33.11 ET.

  • Si no responde en tres meses, puedes entender que la solicitud está estimada por silencio administrativo. El silencio no da más de lo que permite la ley: ni a quien no tiene derecho ni por encima de los límites.
  • Si la resolución no te convence, el plazo para reclamar ante el Juzgado de lo Social es de dos meses desde el día siguiente a su notificación.
  • El pago llega después de la resolución. La ley no fija un número de días para el ingreso.

Lo que más tiempo lleva suele ser el camino previo: conseguir la sentencia o el acta, pedir la ejecución y obtener la declaración de insolvencia. No hay una duración típica fiable: depende del juzgado y del caso.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

El derecho a pedir al FOGASA prescribe al año de la fecha del acto de conciliación, la sentencia, el auto o la resolución que reconoce la deuda art. 33.7 ET. Las acciones de ejecución y la reclamación en el concurso interrumpen ese plazo.

La lectura más prudente es contar el año desde la fecha de la sentencia o del acta, sin dar por hecho que se ha interrumpido, y presentar la solicitud en cuanto se declare la insolvencia.

Este plazo es distinto de los anteriores: para impugnar un despido hay 20 días hábiles, y para reclamar cantidades a la empresa, un año desde que se pudieron exigir art. 59 ET. La papeleta de conciliación suspende o interrumpe esos plazos art. 65.1 LRJS. Las guías plazo de 20 días hábiles y qué es el finiquito y cuánto tarda en pagarse explican cómo se cuentan.

¿Cómo se pide al FOGASA?

La solicitud se presenta en la sede electrónica del FOGASA (con certificado digital, DNIe o Cl@ve), en sus oficinas provinciales, con cita previa en algunas, o en cualquier registro público. Suele acompañarse de:

  • tu DNI o NIE;
  • copias certificadas por el juzgado de la sentencia o el acta y del auto de insolvencia;
  • si hay concurso, el certificado de la administración concursal con las cantidades;
  • tu contrato, tus nóminas y un documento con tu cuenta bancaria.

Guarda el justificante con la fecha: de ella dependen los tres meses.

Tus próximos pasos

  1. Comprobar, gratis. Calcula la indemnización y el finiquito que te debe la empresa: es la base de todo lo demás.
  2. Reclamar por escrito. Puedes preparar una reclamación de cantidad (9 €, o 19 € con seguimiento) y, después, la papeleta de conciliación, primer paso para obtener un título. Si hay despido, vigila tu plazo de 20 días hábiles.
  3. Siguiente paso. La ejecución y la solicitud al FOGASA son trámites judiciales y administrativos: un sindicato, un graduado social o un abogado pueden acompañarte.

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