Guía · Qué cambia
Reforma del despido en España: qué hay a 20 de octubre de 2026
Este sitio no ofrece asesoramiento jurídico. Esta guía explica las reglas generales; no dice qué se aplica a tu caso.
Reglas comprobadas el
La respuesta corta
A 20 de octubre de 2026, la reforma de la indemnización por despido está anunciada, pero no aprobada: no hay proyecto de ley, y las Cortes están disueltas, con elecciones generales el 29 de noviembre de 2026. Hoy se aplican las reglas del Estatuto: 33 días por año si el despido es improcedente y la empresa paga, con un máximo de 24 mensualidades.
El Gobierno ha anunciado que quiere cambiar la indemnización por despido. Esta página recoge, con fechas, lo que se ha dicho y lo que se ha aprobado en España. Última comprobación: 20 de octubre de 2026. Nada de lo anunciado está aprobado.
¿Qué dice la ley hoy?
Las reglas en vigor son las del Estatuto de los Trabajadores:
| Supuesto | Indemnización vigente |
|---|---|
| Despido improcedente, si la empresa paga | 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades |
| Despido objetivo | 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 días por año |
| Despido disciplinario procedente | Ninguna |
En el despido improcedente, la empresa elige entre readmitir o pagar la indemnización. Los salarios de tramitación solo se pagan si readmite art. 56.1 y 56.2 ET. Según los comentarios publicados sobre una sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de julio de 2025, los jueces no pueden conceder una indemnización mayor que la del artículo 56; esta guía no ha consultado el texto de la sentencia. La guía indemnización por despido improcedente explica el cálculo.
¿Por qué se habla de reformar el despido?
Por las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales, el órgano del Consejo de Europa que vigila la Carta Social Europea:
- en una reclamación de UGT (n.º 207/2022), publicada en julio de 2024, consideró que la indemnización española no repara todo el daño;
- en una reclamación de CCOO (n.º 218/2022), anunciada el 27 de junio de 2025, lo confirmó. Según el Comité, los topes no bastan para cubrir el daño real en todos los casos y no disuaden a la empresa, y los jueces no pueden valorar si la readmisión es la mejor solución.
La prensa informó en junio de 2026 de una resolución del Comité de Ministros del Consejo de Europa que pediría a España revisar su legislación; esta guía no ha podido consultar su texto oficial. Estas decisiones no cambian la ley española por sí solas: hace falta una ley.
¿Qué ha anunciado el Gobierno?
Las fechas de esta tabla proceden de la prensa, salvo la última, publicada en el BOE. Ninguna corresponde a un texto de reforma.
| Fecha | Qué pasó | Efecto en la ley |
|---|---|---|
| Septiembre de 2025 | El Congreso aprueba una proposición no de ley sobre un despido «restaurativo» | Ninguno: no es una ley |
| 29 de mayo de 2026 | El Ministerio de Trabajo se compromete con CCOO y UGT a redactar un texto; la patronal CEOE rechaza negociar | Ninguno |
| 9 de septiembre de 2026 | La ministra de Trabajo dice en el Congreso: «Sí, lo vamos a cambiar» | Ninguno |
| 3 de octubre de 2026 | El Ministerio describe su propuesta como indicativa, sin texto articulado | Ninguno |
| 6 de octubre de 2026 | El BOE publica el Real Decreto 806/2026: se disuelven el Congreso y el Senado y se convocan elecciones generales | Las Cortes no pueden aprobar leyes hasta que se constituyan las nuevas |
Las ideas que circulan, ninguna aprobada, son estas:
- una indemnización «reparadora», que tenga en cuenta el daño real: edad, formación, dificultad para encontrar otro empleo;
- recuperar los salarios de tramitación en más casos;
- dar más peso a la readmisión, o dejar que el trabajador elija en algunos casos;
- preavisos más largos.
No hay cifras oficiales de días por año, ni topes nuevos, ni fecha.
¿Qué cambia con las elecciones del 29 de noviembre?
El Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el BOE el 6 de octubre, disuelve el Congreso y el Senado y convoca elecciones generales el domingo 29 de noviembre de 2026. Las nuevas Cortes se reúnen en sesión constitutiva el 23 de diciembre de 2026 RD 806/2026, art. 2 y 5.
Con las Cámaras disueltas, las Cortes no pueden aprobar leyes hasta que se constituyan las nuevas. Lo que pase después dependerá del nuevo Gobierno y del nuevo Parlamento. A 20 de octubre de 2026, nadie puede decir si habrá reforma, cuándo ni con qué contenido.
Si te despiden ahora, ¿te afecta la reforma?
No hay ninguna regla nueva que aplicar. Tu despido se rige por el Estatuto vigente. Si un día se aprueba una ley, será esa ley la que diga a qué despidos se aplica; hoy no se puede saber.
Lo importante es no esperar:
- para impugnar un despido hay 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos, y es un plazo de caducidad art. 59.3 ET. Esperar a una reforma no lo detiene;
- las cantidades (finiquito, indemnización no pagada) se reclaman en un año art. 59.2 ET.
Ejemplo con las reglas vigentes
Un trabajador cobra 2.000 € brutos al mes en 14 pagas (28.000 € al año). Entró el 1 de marzo de 2019; el despido tiene efectos el 15 de octubre de 2026: 92 meses empezados.
| Supuesto | Cálculo | Indemnización vigente |
|---|---|---|
| Objetivo | 28.000 / 365 × 20/12 × 92 | 11.762,56 € |
| Improcedente, si la empresa paga | 28.000 / 365 × 33/12 × 92 | 19.408,22 € |
Con una indemnización «reparadora», esta cifra podría cambiar, pero no existe ninguna fórmula oficial para calcularla: cualquier cifra sería inventada.
Importe orientativo: puede variar según tu convenio colectivo.
¿Qué otras normas de 2026 ya están en vigor?
Una sí está aprobada y afecta a quien termina su contrato: el Real Decreto 723/2026, en vigor desde el 5 de octubre de 2026, obliga a la empresa a informar por escrito del procedimiento de extinción y de los plazos de preaviso. La guía Real Decreto 723/2026 lo explica.
Tus próximos pasos
- Comprobar, gratis. Calcula tu indemnización con las reglas vigentes y cuenta tus 20 días hábiles.
- Reclamar por escrito. Si falta dinero del finiquito o de la indemnización, puedes preparar tú mismo una reclamación de cantidad (9 €, o 19 € con seguimiento).
- Siguiente paso. Para impugnar el despido, puedes preparar tu papeleta de conciliación, por ahora solo para la Comunidad de Madrid (9 €, o 19 € con seguimiento).
Las guías despido en España y plazo de 20 días hábiles explican las reglas vigentes. Un sindicato, un graduado social o un abogado pueden ayudarte a valorar tu caso. Revisaremos esta página cuando haya un texto o un cambio en el BOE.
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Si te despiden mientras se habla de la reforma
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